En relación con las funciones realizadas por funcionarios del Cuerpo Superior Inspectores de Trabajo y Seguridad Social con nivel 26, son muchas las Sentencias falladas a favor de nuestros compañeros, determinando que son las mismas que las realizadas por el resto de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social de nivel 27, con el mismo grado de responsabilidad, no existiendo diferencia alguna, en la asignación de servicios o en la limitación de guardias.
El Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social manifiesta su disconformidad y malestar con el modo de convocarse los concursos de traslados. Entendemos que no se están garantizando los derechos de los funcionarios de carrera, y se prioriza incomprensible e ilegalmente a los funcionarios de nuevo ingreso.